VEC, EL PRIMER PERTE: ALGUNAS PISTAS PARA LA GESTIÓN DE LOS FONDOS NGEU

Ya está aquí el primer PERTE. Su objeto, el desarrollo del Vehículo Eléctrico y Conectado, el VEC. Cuando el 31 de diciembre de 2020 se publicaba el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia , una de las grandes novedades fue precisamente ésta, la aparición de una innovadora figura de colaboración público-privada con la que se pretendía concentrar y arrastrar. Para conocerla un poco más recomiendo leer el capítulo del libro “La gestión de los Fondos Next Generation”, elaborado con maestría por Beatriz Montes Sebastián, y la magnífica entrada de Rafael Jiménez Asensio y Javier Vázquez-Matilla (disponible aquí) . 

Su aprobación se produce tras más de 6 meses desde la aparición de la figura estelar en la gestión de los Fondos de Recuperación, y más que excedido el plazo de 3 meses para el Registro de PERTEs, previsto en la Disposición Adicional primera del Real Decreto-Ley, cuando señalaba que en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la norma (es decir, desde el 1 de enero de 2021) el titular del Ministerio de Hacienda mediante orden ministerial creará y pondrá en funcionamiento el Registro estatal de entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica. De momento, sin noticias. 

Aprobación que se llevaba a cabo el pasado 13 de julio de 2021, en Consejo de Ministros que aprobaba como primer PERTE el desarrollo de un ecosistema para la fabricación del Vehículo Eléctrico y Conectado. La importancia (prevista) de esta iniciativa se puede percibir con un par de datos, la previsión de que frente a la aportación del sector público ascenderá más de 4.300 M€, en tanto que la inversión privada se estima en 19.700 M€, por otro lado, que la creación de empleo generada por el PERTE podría alcanzar los 140.000 puestos de trabajo. Esperemos que así sea.

Al margen del análisis de este proyecto en concreto, la información disponible sobre el mismo permite obtener algunas valiosas pistas en el proceso de elaboración de proyectos a financiar con cargo a los Fondos Europeos en el marco del Plan de Recuperación. En particular, nos ocuparemos de dos ejes, por una parte, en relación con la acreditación de que el proyecto cumple con los requisitos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia , y, por otra, con la regulación contemplada en el Real Decreto-Ley 36/2020.

I.- Cumplimiento de los requisitos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 

Señala la memoria descriptiva que el PERTE VEC cumple con los objetivos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecidos en el artículo 3 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Reglamento MRR).

El PERTE VEC pretende contribuir a la transición ecológica y a la transformación digital, busca el crecimiento inteligente y sostenible, el desarrollo basado en la innovación pensando en las pymes; e indica que su ámbito nacional favorecerá la cohesión social y territorial y promoverá el desarrollo de capacidades, soportando dicha afirmación acreditando los siguientes extremos: 

  • Contribución del PERTE a la transición ecológica
  • Contribución del PERTE a la transición digital
  • Contribución del PERTE a la cohesión social y territorial 
  • Contribución del PERTE a la igualdad de género
  • No causar un perjuicio significativo-DNSH

II.- Cumplimiento de los requisitos legales para ser declarado PERTE (Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre)

El acuerdo adoptado entiende que el proyecto de transformación e impulso de la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado cumple todos los requisitos para ser declarado un PERTE, en particular:

  1. Representa una importante contribución al crecimiento económico, a la creación de empleo y a la competitividad de la industria y la economía española, habida cuenta de sus efectos de arrastre positivos en el mercado interior y la sociedad.
  2. Permite combinar conocimientos, experiencia, recursos financieros y actores económicos, con el fin de remediar importantes deficiencias del mercado o sistémicas y retos sociales a los que no se podría hacer frente de otra manera.
  3. Tiene un importante carácter innovador y por tanto valorado en términos de I+D+i, por ejemplo, posibilitando el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos de producción.
  4. Es importante cuantitativa o cualitativamente, con un tamaño o un alcance particularmente grandes, y supone un nivel de riesgo tecnológico o financiero muy elevado.
  5. Favorece la integración y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, así como el impulso de entornos colaborativos.
  6. Contribuye de forma concreta, clara e identificable a uno o más objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española, en particular en lo que se refiere a los objetivos marcados a nivel europeo en relación con el Instrumento Europeo de Recuperación.
  7. Finalmente, destaca que el PERTE no  distorsiona la competencia efectiva en los mercados.

En estos momentos de incertidumbre, en los que, tras la aprobación del PRTR,  ya se ha liberado la primera parte de los Fondos, las dudas, inseguridades e incertidumbre existente aconsejan aprovechar cualquier fuente de información que pueda ofrecer las líneas a seguir, y a estos efectos el paso dado con el PERTE VEC puede servir de inspiración, al tiempo que aprovechando la centralización de la información que se centraliza en una página específica sobre el Plan de Recuperación en la que se recoge la Información oficial sobre la estrategia española para canalizar los fondos destinados por Europa a reparar los daños provocados por la crisis del COVID-19 (disponible aquí)

NOTA: El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ofrece toda la información sobre el PERTE VEC (disponible aquí), con el siguiente contenido: