Tenemos Plan Antifraude ¿y ahora qué? 6 «bullet points» imprescindibles

¿Cómo diseñar los Planes de Medidas Antifraude? Tras la aprobación de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia esta pregunta resonaba en todas las instituciones públicas (e incluso entidades privadas) que de un modo u otro, aspiraban a participar en la ejecución de los Fondos Next Generation, en el Mecanismo de Recuperación y  Resiliencia (pregunta a la que intentábamos dar una primera respuesta en esta entrada).

Se iniciaba así la carrera (90 días, tic, tac..) para aprobar el Plan Antifraude, herramienta que, con mejor o peor fortuna, se fue aprobando, cometiendo en muchos casos errores considerables tal y como describíamos en esta entrada, en particular con especial relevancia en el error de Pensar que aprobar el Plan Antifraude es sólo un trámite

Por muchas razones, falta de medios, de conocimiento, de profesionalidad, la aprobación del Plan se vió simplemente como un trámite más, un check a verificar en un listado para poder acceder a los fondos europeos.  No lo es. El Plan es un paso, muy importante, es verdad, dentro del sistema de integridad, dentro de las políticas antifraude (por usar la terminología de Europa, aunque a mí me gusta mucho más hablar de políticas de integridad).

En particular, aquéllos que procedieron al “copia y pega”, que se limitaron a copiar el Plan de otra entidad, a coger la OM y reordenarla con algunos cambios meramente estéticos, lo tienen todo por hacer, y serán las decisiones que tomen ahora las que condicionen el éxito de las medidas. Porque el Plan Antifraude exige personalización, tener en cuenta las características de la respectiva entidad, el grado de implantación de la administración electrónica, los aspectos organizativos y de funcionamiento en particular, y para ello es necesaria su adecuación interna, que determinará la hoja de ruta en la ejecución del  Plan para responder con solvencia a las auditorías que se realizarán (y que ya se están realizando). 

¿Cómo lo hacemos?

Lo difícil viene ahora, la implantación, la ejecución del Plan Antifraude,  pues como toda herramienta de planificación exige la adopción de medidas posteriores que garanticen el cumplimiento de sus objetivos, su seguimiento, y evaluación. Lo primero será ahora revisar el Plan, y ver si lo que se escribió en un momento muy condicionado por el calendario, tiene validez hoy, si se ajusta al modelo organizativo y de funcionamiento de la respectiva entidad, a los manuales de procedimiento y a los medios y recursos. Tampoco pasa nada si hay que modificar, reajustar o introducir algunos cambios en el Plan, un plan es sólo eso una previsión, que permite su modificación, de hecho eso lo convierte en un instrumento vivo, sujeto a permanente escrutinio y examen que demuestra que no se limita a una mera etiqueta publicada en la sede electrónica de la respectiva entidad. 

El recurso al copia y pega para la elaboración del Plan, tendrá ahora consecuencias. Porque el Plan Antifraude exige personalización, tener en cuenta las características de la respectiva entidad, el grado de implantación de la tecnología, los aspectos organizativos y de funcionamiento, y para ello es necesario el conocimiento interno y, sobre todo, el trabajo individualizado en la elaboración del Plan que responda a las exigencias de la OM.

Este trabajo, en mi opinión, exige prestar especial atención a 6 “bullet points”:

  1. Modelo de gobernanza 
  2. Código ético 
  3. Gestión de conflictos de intereses (mucho más que implantar la DACI)
  4. Canales de denuncias
  5. Evaluación de riesgos
  6. Comunicación 

Todos  y cada uno de estos elementos (hay más, pero éstos concentran el núcleo inicial) necesitan de una reflexión realista, y darían para una entrada propia por la entidad y extensión de actuaciones a realizar para poder cumplir el mínimo exigible, el Plan necesita que los responsables se pregunten quién hace qué y cómo lo hace, y en función de ello, ahora toca “aterrizar el plan”, diseñar la hoja de ruta de trabajo y convertirlo de verdad, en un instrumento para la prevención, detección, corrección y persecución del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, respondiendo así al cambio de cultura ética de que habla la normativa, como finalidad deseable, y siendo pragmáticos, para cumplir con el sistema de gestión del PRTR, no olvidemos que es requisito imprescindible .

Parafraseando la reflexión de John Adams que utilizábamos en una de las entradas citadas (“Public business my son, must always be done by somebody.— it will be done by somebody or other— If wise men decline it others will not: if honest men refuse it, others will not.”), la ejecución del plan debe ser realizada por alguien, se trata de una actuación que debe abordarse sin más dilación, y “si los responsables sabios y honestos lo rechazan, otros no lo harán”.