PRTR. Digitalización de las EELL en la Orden TER/1024/2021

Transición digital. Tanto el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, han puesto de relieve que éste es un eje fundamental del proceso de recuperación. Y en ese proceso, las entidades locales, que vertebran el conjunto del territorio y dan respuesta inmediata a las necesidades de la ciudadanía son una pieza clave en esta transición digital. Pero para ello son necesarios, por una parte, medios y recursos personales, económicos y materiales, y, por otra (lo más importante) una verdadera transformación cultural de la administración, huyendo de mera burocracia digital, y generando un nuevo modelo de gestión, amable, ágil, ciudadanocéntrico, ágil, basado en el dato y pensado para las personas. Administraciones humanas.

Respecto al primero de esos factores, los medios el PRTR supone una gran oportunidad, que acaba de materializarse en la Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las Administraciones de las Entidades Locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Esta convocatoria se produce en el marco de la cuarta política palanca es una Administración para el siglo XXI, que plantea una modernización de la Administración para responder a las necesidades de la ciudadanía y la economía en todo el territorio. El componente 11, que desarrolla esta política a través de un conjunto de reformas e inversiones, cifra como objetivos estratégicos la digitalización y modernización de las administraciones públicas, la transición energética y el refuerzo de las capacidades administrativas. En particular, en la inversión 3 del componente 11 dirigida a la transformación digital y modernización de las distintas administraciones públicas y dispone de una financiación que asciende a 1.000 millones de euros en el periodo 2021-2023.

Las subvenciones están vinculadas al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. A estos efectos, se reconoce la plena aplicación de los mecanismos de gestión y control incluidos en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, así como cualquier otra exigencia específica cuya aplicación sea de obligado cumplimiento en el marco de ejecución del PRTR, incluso en el caso de que hubiera entrado en vigor con posterioridad a la publicación de esta orden.

Igualmente estará sujeta a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia  y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Sobre cómo diseñar los Planes Antifraude recomiendo leer aquí.

Para examinar esta convocatoria vamos a desglosar los principales puntos: 

  • Finalidad

La finalidad de estas subvenciones es que las entidades locales efectúen gastos que mejoren y modernicen su propia organización mediante la incorporación de tecnologías de la información y las comunicaciones, la digitalización de los procedimientos administrativos y la adaptación de su gestión al uso de los medios digitales. Las actividades a financiar por esta orden tienen por objeto la transformación digital de las administraciones locales a fin de mejorar su funcionamiento.

  • Entidades beneficiarias

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias de las ayudas los ayuntamientos de los municipios con población superior a 50.000 habitantes, de acuerdo con las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020, así como los de población inferior que tengan la consideración de capital de provincia.

Las entidades locales podrán agruparse a efectos de desarrollar proyectos que, en el marco de la presente convocatoria, les resulten de interés compartido, de conformidad con lo recogido en la Disposición Adicional Segunda.

  • Actuaciones subvencionables y líneas estratégicas (art. 5)

Las actuaciones subvencionables tendrán como objetivos de carácter general:

a) Mejora de la accesibilidad de los servicios públicos digitales a los ciudadanos y empresas.

b) Reducción de la brecha digital.

c) Mejora de la eficiencia y eficacia de los empleados públicos.

d) Reutilización de los servicios y soluciones digitales construidas.

e) Utilización activa de las tecnologías emergentes en el despliegue de nuevos servicios digitales (chatbots, automatización y robotización, plataformas, etc.).

Las líneas estratégicas son las siguientes:

a) Línea estratégica 1. Administración orientada al ciudadano.

b)Línea estratégica 2. Operaciones inteligentes.

c) Línea estratégica 3. Gobierno del dato.

d) Línea estratégica 4. Infraestructuras digitales.

e) Línea estratégica 5. Ciberseguridad.

  • Proyectos prioritarios

Al objeto de garantizar la máxima eficiencia en la aplicación de los fondos y lograr con las actuaciones el mayor impacto para la ciudadanía en su conjunto, las entidades beneficiarias priorizarán los proyectos que se señalan a continuación:

– Prioridad 1. Proyecto en la Línea 5. Puesta en marcha de un Centro de Operaciones de Ciberseguridad, en los términos que se recogen en la guía técnica a la que se refiere el apartado 5 del presente artículo.

– Prioridad 2. Proyecto en la Línea 1. Administración orientada al ciudadano. Desarrollo de los tres servicios más utilizados por los ciudadanos en modo App móvil o a través de una interfaz adaptable («responsive») integrada en Mi Carpeta Ciudadana de la AGE, en los términos que se recogen en la guía técnica a la que se refiere el apartado 5 del presente artículo.

– Prioridad 3. Proyecto en la Línea 2. Operaciones inteligentes. Puesta a marcha de un proyecto para automatizar procesos de prestación de servicios al ciudadano en los términos que se recogen en la guía técnica a la que se refiere el apartado 5 del presente artículo.

– Prioridad 4. Proyecto en la Línea 1. Administración orientada al ciudadano. Desarrollo o adaptación de servicios exentos de barreras transfronterizas para ciudadanos y empresas europeos, en los términos que se recogen en la guía técnica a la que se refiere el apartado 5 del presente artículo.

Las entidades beneficiarias deberán incluir necesariamente en su propuesta el proyecto señalado como prioridad 1. En el caso de que la entidad beneficiaria dispusiera ya de proyectos en marcha relacionados con el mismo, o tuviera cubiertas las necesidades en este ámbito, deberá justificarlo mediante declaración responsable y quedará, por tanto, exenta, pudiendo dedicar la financiación contemplada a la priorización establecida en el apartado anterior o, en su caso, a las actuaciones subvencionables recogidas en el artículo 5.2.

  • Requisitos de las actuaciones subvencionables (art. 6)

Las actuaciones que se propongan deberán cumplir con todos los requisitos siguientes:

a) Alineamiento con los planes estratégicos: Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Agenda España Digital 2025 y Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025.

b) Interoperabilidad entre servicios. Permitirán la integración con proyectos, plataformas e iniciativas de similar naturaleza, especialmente con las de la Administración General del Estado, cumpliendo el Esquema Nacional de Interoperabilidad y Notas Técnicas de Interconexión correspondientes.

c) Reutilización. En los términos previstos en el artículo 157 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el resultado de los proyectos desarrollados podrá ser objeto de reutilización por otras Administraciones que lo requieran si su naturaleza lo permite.

d) Las Administraciones receptoras de fondos se comprometen a aportar datos para facilitar la oferta de servicios a la ciudadanía a través de «Mi carpeta ciudadana» de la AGE (art. 8 RD 203/2021, con el objetivo de conformar un espacio de datos eficiente y eficaz para la ciudadanía y las empresas).

e) Las Administraciones facilitarán la integración de información en las plataformas comunes de gestión de contratación pública electrónica y de subvenciones que se indiquen.

f) No serán objeto de ayuda aquellas actuaciones que, directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo del medio ambiente,

  • Gastos subvencionables

Los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada al proyecto financiado. Serán gastos subvencionables los gastos de inversión destinados a la creación o adquisición de bienes de capital, así como los destinados a la adquisición de bienes de naturaleza inventariable necesarios para el funcionamiento operativo de los servicios y aquellos otros gastos de naturaleza inmaterial que tengan carácter amortizable, siempre que respondan a la naturaleza de los fines subvencionados.

El proyecto tendrá carácter integrado, de modo que agrupará todas las actuaciones subvencionables que pretenda desarrollar la entidad local en la línea estratégica a la que esté vinculado. El proyecto tendrá unos gastos subvencionables de al menos 40.000 euros.

  • Plazo

El período de ejecución del proyecto se determinará en la resolución de concesión y, en todo caso, estará comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 31 de diciembre de 2022, si bien podrán haber concluido antes de la presentación de la correspondiente solicitud para la concesión de la subvención.Solo será subvencionable el gasto si la entidad beneficiaria ha incurrido en él y lo ha abonado en el periodo de ejecución. A estos efectos, únicamente se entenderá abonado el gasto cuando se haya producido el desembolso efectivo.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses desde la fecha de solicitud.

  • Forma de Ejecución

Las entidades beneficiarias podrán concertar con terceros la ejecución total o parcial de los proyectos, mediante los procedimientos de licitación correspondientes o proceder a su ejecución total o parcial a través de encargos a medios propios.

  • Plazo y forma de presentación de las solicitudes

Las solicitudes se podrán presentar desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», hasta las 15:00 horas del día 15 de diciembre de 2021, debiendo presentar la documentación recogida en el art. 15 de la convocatoria.

  • Lucha contra el fraude y la corrupción

Entre la documentación a presentar, y demás del cumplimiento de la regulación señalada en el apartado normativa, de un modo en concreto en la OM HFP/1030/2021, debe contemplar: 

  • El compromiso de que la entidad local, a lo largo de todo el procedimiento, adoptará medidas eficaces y proporcionadas para evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, y desarrollará las actuaciones que sean precisas, para dar pleno cumplimiento y satisfacción a las obligaciones que corresponden a la entidad beneficiaria, y en particular, a las enunciadas en el artículo 4.
  • Autorización expresa, siguiendo el modelo del anexo IV, mediante la que la entidad local otorga derechos y accesos para garantizar que la Comisión Europea, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.

A efectos de auditoría y control del uso de los fondos, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2 d) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, las entidades beneficiarias deberán reportar, en el plazo y forma que se determine, información dirigida a una base de datos única, sobre las categorías de datos armonizadas que prevé dicho artículo. A tal efecto, la entidad beneficiaria deberá cumplir con las obligaciones de identificación de contratistas y subcontratistas y de cesión de datos, en los términos que se prevén en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

La obligación de suministrar información es extensible a cualquier otra que le pueda requerir el órgano concedente u otras autoridades nacionales o europeas para el ejercicio de sus funciones, y en particular, para el preciso cumplimiento de lo estipulado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, y en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.

También deberán informar con inmediatez de la existencia de cualquier procedimiento judicial tendente a la determinación de conductas que puedan ser constitutivas de infracción penal y que afecten a las actuaciones financiadas total o parcialmente con cargo a estas subvenciones, así como de cualquier otra incidencia que pueda perjudicar a la reputación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Como actuaciones de comprobación y control económico, las entidades beneficiarias de estas ayudas deberán someterse a cualquier actuación de comprobación y control financiero que pueda realizar la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local u otro órgano designado por ésta, la Secretaría General de Fondos Europeos, la Intervención General de la Administración del Estado, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea y a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y/o control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como europeos, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos europeos, aportando para ello cuanta información les sea requerida.

NOTA FINAL: ¿DIGITALIZA QUE ALGO QUEDA?

No todo vale. El PRTR exige reformas estructurales, no simple maquillaje, no se trata de gastar sino de invertir, por lo que cualquier proyecto que se presente deberá contemplar las correspondientes medidas organizativas y  de funcionamiento que permitan el verdadero despliegue de la transformación digital, que es una transformación cultural. No debemos conformarnos con simplemente digitalizar….