Las administraciones públicas españolas funcionan electrónicamente. Corrijo, deberían funcionar electrónicamente. Sin embargo, cuando el 14 de marzo se declaraba el estado de alarma como consecuencia de la situación generada por el COVID-19, fue necesario abordar un entorno de crisis inédito para seguir funcionando. Para continuar con un mínimo de actividad en la que el canal electrónico se presentaba como una herramienta fundamental y descubrimos algo que era un secreto a voces: no todo el sector público ha experimentado el proceso de transformación digital. Lo cual no deja de ser sorprendente.
Sorprendente por varias razones. La primera, porque existe una obligación legal, impuesta en el año 2015 y en vigor desde el año 2016 que así lo exige, en consecuencia, se estaba incumpliendo el marco legal. La segunda, porque vivimos en un mundo conectado, en el que la sociedad interactúa digitalmente, en múltiples aspectos de su vida, donde no tiene explicación que no pueda hacerlo con las administraciones públicas. Y la tercera, porque esa asimetría provoca una profunda desigualdad de derechos entre los ciudadanos, porque ése es el papel fundamental de las administraciones, garantizar el ejercicio de los derechos y la prestación de los servicios públicos.
Ahora bien, no puede negarse la existencia de ciertas dificultades. En un estado territorialmente complejo, con una gran administración central, 17 comunidades autónomas, 2 ciudades autónomas, y más de 8.100 ayuntamientos, diputaciones provinciales, y otro variado catálogo de entidades, el funcionamiento electrónico del sector público es claramente desigual. Pero éso no puede ser un obstáculo insalvable, si las grandes plataformas tecnológicas han llegado a todo y a todos, no puede ser que no llegue el sector público, y menos bajo la coartada de que no existen medios ni recursos personales, tecnológicos y económicos, de que no es posible.
Porque, de repente, a partir del 14 de marzo, todo lo que no era posible lo fue. Se cerraron las instalaciones físicas, se limitó la libertad de circulación de las personas y apareció la posibilidad de tramitar electrónicamente, desde casa o el lugar de confinamiento, de comunicarse, de teletrabajar y se consiguió que el sector público no se parase. ¿Cómo es posible? Porque la imposibilidad era una falacia, porque la tecnología existía, pero en muchos casos lo que no existía era la voluntad para avanzar en la transformación digital, una vez más, las resistencias al cambio, tan caducas en un entorno de vertiginoso cambio como el actual. y se demostró que la sociedad, a pesar de la brecha digital, está sobradamente familiarizada con entornos electrónicos, pensemos en la banca on line o simplemente pensemos cómo sería atravesar esta crisis sin el soporte de las nuevas tecnologías.
A la fuerza ahorcan…
Eso han debido pensar los responsables de tantas entidades públicas que no estaban preparadas para el funcionamiento electrónico y que sí o sí han tenido y tendrán que asumir ese escenario, aceptar el teletrabajo, el registro electrónico y las relaciones virtuales. En el ámbito local, por ejemplo, a pesar de la ya antigua demanda para permitir la asistencia en remoto a las sesiones de los órganos, voto incluido, ha tenido que ser el COVID-19 el motivo que justificase una reforma legal que lo permitiese, y ahora se muestran con orgullo las imágenes de pantallas compartidas, de plenos telemáticos, que demuestran que era posible (como contábamos aquí). Por no hablar de la Administración de Justicia, un ámbito que había permanecido resistente y que, vía Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, ha visto reforzada la dimensión del funcionamiento electrónico de un ámbito tan importante para la ciudadanía. Esperemos que en esta ocasión la transformación digital llegue ya al ámbito público, y no sólo al de los despachos.
Pero no sólo las administraciones públicas, otros ámbitos resistentes se han sumado, por ejemplo, los Notarios. El propio Consejo General del Notariado ha propuesto la autorización electrónica de las pólizas para la financiación de empresas y particulares en la plataforma electrónica notarial y a través de videoconferencia, así como documentos como testamentos en caso de epidemia; poderes especiales, revocaciones de poderes (lo que impediría su utilización fraudulenta), y actos societarios. Y yo me pregunto, si es posible en tiempos de pandemia, cuál es la razón para que no lo sea en tiempos normales.
La pregunta ahora es ¿Qué pasará después del estado de alarma?
En la ya famosa desescalada, volverá la atención presencial, pero nada será igual, o a menos nada debería ser igual, ya no hay excusas para el vuelva usted mañana, para horarios restringidos que interrumpen la vida de los ciudadanos, para exigencias no justificadas de documentación, para cargas administrativas que dificultan el desarrollo de la actividad económica. Para que esta transformación digital no sea un espejismo, ese funcionamiento tiene que ser accesible y fácil, exigiendo sólo los medios proporcionales que exige a seguridad jurídica, pero también tomando en consideración la brecha digital y garantizando competencias digitales al conjunto de la sociedad.
Como suele ser habitual ha tenido que ser un factor externo, la crisis sanitaria generada por el COVID-19, la que ha venido a dar el definitivo impulso a la transformación, desde la improvisación y la urgencia del aquí y ahora, pero no puede quedarse ahí. Porque la carencia de medios no es tal, los medios existen pero se destinan a otra finalidad. Es urgente analizar estratégicamente cómo la transformación digital del sector público debe ser una palanca que permita ayudar a salir de la crisis que sustituirá a la sanitaria en las urgencias del sector público, a salir de la ya anunciada crisis social y económico. La experiencia vivida debe servir como acelerador definitivo de la transformación digital del sector público, por una vez, aprendamos la lección y hagamos de la necesidad virtud.
NOTA: Una versión reducida de la presente entrada fue publicada en Cinco Días, puedes consultar el artículo en el siguiente enlace