La reciente publicación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 introduce múltiples novedades que afectan a muy distintos ámbitos de la actividad, como la contratación pública, con la modificación del artículo 34 Real Decreto-ley 8/2020, la habilitación de sesiones telemáticas de los órganos de gobierno de las entidades locales, al fin (aunque dada la finalidad de la norma, sólo con carácter excepcional), la ampliación y suspensión de plazos, y otras materias de relevancia (arrendamientos, moratoria hipotecaria, cotizaciones, etc)
Por ello y para facilitar un primer y rápido análisis de la norma a los distintos operadores y a reserva de un examen detallado y pormenorizado, y de la relevancia de otros preceptos resumimos a continuación, aquellos aspectos de mayor impacto en la gestión pública
PRECEPTO | MATERIA | CONTENIDO @mccamposacunha |
Art. 20 |
Aplicación del superávit para gasto social por las EELL |
Se establece, en relación a la aplicación del artículo 3 del RDLey 8/2020 a las EELL, fijando el importe máximo equivalente al 20 % del superávit |
Art. 48 |
Plazos de formulación y rendición de cuentas anuales del 2019. |
Se suspenden los plazos desde la declaración del estado de alarma o se ampliarán por idéntico período. Aplicable al sector público estatal y al sector público local y supletoriamente al autonómico |
Art. 50 |
Aplazamiento calendario de reembolso préstamos CCAA y EELL a empresarios y autónomos |
Aplazamiento del pago del principal y/o intereses a satisfacer en lo que resta de 2020 por situaciones derivadas de la crisis COVID-19 |
Art. 51 | Refuerzo de las obligaciones de suministro de información económico-financiera |
Se establece la obligación, para CCAA y EELL de suministro de información económico-financiera sobre los efectos derivados de las actuaciones COVID-19, así como la necesaria para cumplir las disposiciones normativas u otros requerimientos de información |
Art. 53 |
Suspensión de plazos en el ámbito tributario de las CCAA y las EELL |
Se extiende la aplicación de lo dispuesto en el art. 33 RDLey 8/2020 a las actuaciones, trámites y procedimientos del TRLRHL |
Art. 54 | Subvenciones y ayudas públicas |
Se habilita el levantamiento de la suspensión DA3ª RD 463/2020, en subvenciones de concurrencia competitiva sin necesidad de recabar conformidad del interesado Se permite ampliación de plazos de ejecución y, en su caso, justificación y comprobación Se eximen las modificaciones de los requisitos |
D.A. 8ª |
Ampliación del plazo para recurrir |
Se amplía hasta el 30 de abril de 2020 el plazo para interponer recursos de reposición o reclamaciones económico-administrativas a supuestos con plazo abierto a 13 de marzo, y cuando no se hubiese notificado todavía |
D.A. 9ª | Cómputo de plazos ejecución resoluciones de órganos económico-administrativos | El plazo para la ejecución de las resoluciones de los órganos económico-administrativos no computará hasta el 30 de abril, y se suspenden los plazos para recurrir |
D.A. 10ª |
Ampliación de plazos aplicables a los pagos a justificar |
Los plazos para la rendición de cuentas justificativas que venzan durante la vigencia del estado de alarma o transcurran en parte durante el mismo, dispondrán de 1 mes adicional para su rendición, en todo caso, hasta transcurrido 1 mes desde la finalización del estado de alarma |
D.A. 11ª |
Medidas provisionales para la expedición de certificados electrónicos cualificados |
Durante la vigencia del estado de alarma se aceptarán aquellos métodos de identificación por videoconferencia, basados en procedimientos autorizados por el S.E. de la Comisión de PBC e IM o reconocidos para la expedición de certificados cualificados por otro Estado miembro de la UE |
D.A. 18ª |
Colaboración empleados y empleadas públicas |
Se facilita la prestación voluntaria de funcionarios en servicio activo para colaborar en áreas de carácter sanitario, sociosanitario, de empleo protección de colectivos vulnerables y cualquier otra que requiera refuerzo por el COVID19 |
DF 1ª. Diez |
Modificación del art. 34 RD Ley 8/2020. Suspensión de los contratos (con efectos desde su entrada en vigor) |
Aptdo. 1 Se contempla expresamente la suspensión parcial Se recoge cómo actuar con el personal de la empresa contratista que disfrute de permiso retribuido recuperable (RD-Ley 10/2020), a través de abonos a cuenta Aptdo. 3. Se clarifica actuación para los contratos de obra que tuviesen prevista finalización entre el 14 de marzo y durante su vigencia, a efectos de su prórroga Aptdo. 6. Se especifica la actuación en relación con los contratos de seguridad y limpieza, y suspensión total o parcial Nuevo aptdo. 7. Se clarifica el concepto de contratos públicos a los efectos del artículo Nuevo aptdo. 8. Aclara que el concepto de gastos salariales comprende los correspondientes a las cotizaciones a Seguridad Social |
D.F. 2ª |
Modifica la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local. Sesiones telemáticas |
Permite el funcionamiento electrónico de los órganos colegiados de las entidades locales, únicamente ante situaciones excepcionales de fuerza mayor, grave riesgo colectivo o catástrofe colectiva |
D.F. 7ª | Modificación Ley 9/2017. Plazo duración contratos de suministros y servicios | Art.29.4 Se permite establecer un plazo de duración superior contratos de suministros y servicios, cuando lo exija el período de recuperación de las inversiones directamente relacionadas con el contrato en las condiciones establecidas en el mismo |