Integridad en la Contratación Pública Local ¿Cómo, cuándo y por qué?

 El último número (324) de la revista Carta Local, editada por la FEMP, publica unas breves y prácticas reflexiones sobre la integridad en la contratación pública local, sobre tres ejes, que comparto a continuación:

Para abordar la introducción de la integridad en la contratación pública debemos plantearnos una serie de interrogantes, para ir más allá de la norma y alcanzar los objetivos concretos de una contratación íntegra, preguntémonos cómo hacerlo, cuándo, en qué momento del procedimiento de contratación, pero sobre todo por qué, es decir, cuáles son los beneficios de introducir mecanismos en garantía de la integridad. Todo ello, sin olvidar las mayores dificultades que presenta para las entidades locales responder a los retos del nuevo modelo de contratación pública que fija Europa, por el esfuerzo en medios y recursos personales y materiales que conlleva.

  • ¿Cómo?

La Ley recoge la integridad como uno de los principios generales que deben presidir la contratación pública, principio que para su concreción requiere la adopción de medidas concretas en la búsqueda de esa integridad. Y para ello, específicamente, el artículo 64 de la norma impone al órgano de contratación la obligación de adoptar medidas adecuadas para luchar contra el fraude, el favoritismo y la corrupción, y prevenir, detectar y solucionar de modo efectivo los conflictos de intereses que puedan surgir en los procedimientos de licitación con el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.

  •  ¿Cuándo?

La integridad debe estar presente desde el primer trámite que integra el expediente de contratación, es decir, con la decisión de contratar, evaluando las necesidades a satisfacer y los procedimientos más adecuados, hasta el último acto del mismo, y con eso no se hace referencia a la adjudicación, sino a la completa ejecución del contrato, al último acto de recepción del bien, servicio u obra, de la prestación objeto del contrato, un extremo que debe ser objeto de máximo control, a la luz de experiencias pasadas.

  •  ¿Por qué?

Si la necesidad de actuar íntegramente porque esos son los valores que deben impregnar la gestión pública no nos parece suficiente, existen dos argumentos incontestables. Por un lado, porque se trata de una obligación legal, el mandato de la LCSP vincula a todos los órganos de contratación, es decir, Alcalde y Pleno, en los municipios de régimen común y Junta de Gobierno en los municipios de gran población, sin perjuicio de los Concejales cuando actúan por delegación, ellos son los responsables de garantizar su cumplimiento. O dicho de otra manera, si se incumple el mandato será imputable a ellos. Y por otro lado, un argumento muy concreto, y es que la contratación íntegra está directamente vinculada a la obtención de ofertas de mayor calidad y a una mayor competitividad, es decir, mejores precios y mejor resultado de la contratación.

Por eso, recién aprobada la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se constituía en el seno de la Red de Entidades Locales por la Transparencia y la Participación Ciudadana de la FEMP, el Grupo de Trabajo de Integridad en la Contratación Pública Local, conformado por un grupo de reconocidos expertos en la materia, tanto empleados públicos municipales, como académicos y miembros de los órganos de control. Desde este Grupo, además de contribuir a difundir las novedades del nuevo modelo de contratación a través de diversos canales, incluida la formación, se elaboraba, en 2018, el

Decálogo Integridad en la Contratación Pública Local, que representaba el germen de la Guía Integridad en la Contratación Pública Local que se presentaba el 14 de mayo y que pronto será el “libro de cabecera” de los expertos en contratación local para garantizar el cumplimiento de los objetivos del nuevo modelo de contratación.

NOTA: Puedes consultar el número de mayo de Carta Local en su integridad en el siguiente enlace